Seguridad Social
Inclusión de beneficiarios de asistencia sanitaria
La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar y restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo.
Tienen la condición de beneficiario las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser cónyuge de la persona asegurada o convivir con ella con una relación de afectividad análoga a la conyugal, es decir, constituyendo una pareja de hecho.
- El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad.
- El ex cónyuge o persona separada legalmente, a cargo del asegurado.
- Los descendientes y personas asimiladas a cargo del mismo menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65% y acogidos de hecho. Se consideran personas asimiladas, los menores sujetos a tutela o acogimiento legal de una persona asegurada, de su cónyuge o de su pareja de hecho y, en determinadas circunstancias, de su excónyuge.
- Las hermanas y los hermanos de la persona asegurada.
Requisitos a cumplir por los beneficiarios
- Convivir con el titular (salvo separados y divorciados).
- Estar a su cargo (salvo cónyuge y pareja de hecho).
- No tener derecho a esta prestación por título distinto.
- Residencia efectiva y legal en España.
Realizamos el trámite para la Inclusión de beneficiarios de asistencia sanitaria asignados a tu número de la Seguridad Social.
En Asenfer Gestión SL estamos para ayudarte. Si tienes alguna duda puedes contactar con nosotros.