Sistema Especial Agrario
Trabajadores
El régimen especial agrario de la Seguridad Social tiene unas características muy concretas. Se cotiza por los días efectivamente trabajados. Hay que declarar cada mes dichos días, antes del día 6 del mes siguiente, y en función de éstos se calcula el importe a pagar en los TC1.
Otra característica importante es la cotización en periodos de inactividad, es decir, debido a la gran estacionalidad de este tipo de trabajo, el trabajador puede cotizar pagando por su cuenta las cotizaciones en los momentos en los que no tiene trabajo.
Te ofrecemos asesoramiento y ayuda para realizar por ti, o contigo, cualquier gestión si perteneces a este régimen especial de trabajadores.
Si necesitas realizar algún trámite relacionado con aplazamientos pídenos un presupuesto personalizado.
En Asenfer Gestión SL estamos para ayudarte. Si tienes alguna duda puedes contactar con nosotros.